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Ley REP: la trazabilidad se vuelve clave para demostrar el destino de los residuos en 2026

“La Ley REP puso metas y plazos, pero para una empresa el desafío práctico es otro: poder demostrar qué se recuperó, cuánto y dónde terminó”.

 

En su cuarto año de exigencias, la Ley REP para envases y embalajes enfrenta un desafío que va más allá de cumplir metas de recolección y valorización: demostrar con datos qué residuos fueron recuperados y cuál fue su destino final. Mientras las metas para envases no domiciliarios continúan aumentando y la valorización de residuos municipales alcanza solo un 1,5%, Bendito Residuo plantea que la trazabilidad será fundamental para convertir el cumplimiento ambiental en evidencia verificable.

Las metas de recolección y valorización de envases y embalajes de la Ley REP rigen desde el 16 de septiembre de 2023, fecha desde la cual los productores deben estar adheridos a un sistema de gestión. En 2026, cuarto año de cumplimiento, las metas de valorización de envases no domiciliarios exigen 51% para metal, 32% para plástico y 65% para papel y cartón. En paralelo, la Radiografía de Residuos Municipales 2024 de Kyklos y la ACHM (327 comunas) mostró que solo el 1,5% de los residuos fue valorizado. Bendito Residuo, empresa que gestiona residuos para empresas, advierte que el desafío ahora es demostrar con datos qué se recuperó y dónde terminó.

La gestión de residuos lidera con 26% los problemas ambientales que los chilenos quieren ver resueltos (Encuesta Ipsos–PUCV 2026), y la Ley REP es mencionada por un 11% como uno de los principales legados ambientales de los últimos 30 años. El sistema sigue creciendo: el 7 de mayo de 2026 se publicó el decreto con metas para pilas y aparatos eléctricos y electrónicos, que se suma a neumáticos y aceites lubricantes. Aún faltan los decretos de baterías y textiles.

La ley permite a los consumidores industriales entregar sus residuos de productos prioritarios a un sistema de gestión o valorizarlos por sí mismos o a través de gestores registrados y autorizados, y deben informar su opción al Ministerio antes del 30 de junio de cada año. Además, los generadores solo pueden disponer sus residuos con destinatarios autorizados y registrados, y deben reportar su generación en el SINADER.

“La Ley REP puso metas y plazos, pero para una empresa el desafío práctico es otro: poder demostrar qué se recuperó, cuánto y dónde terminó. Con kilos medidos y certificados que respalden el destino, el cumplimiento deja de ser una declaración y se transforma en evidencia. Ahí es donde hoy están las brechas», afirmó Juan Ianchina, Director Comercial de Bendito Residuo.

Bendito Residuo ofrece a las empresas educación ambiental para colaboradores, contenedores según el tipo y volumen de residuos, retiros programados y una planta de pretratamiento donde los residuos son re-segregados y clasificados. Cada cliente accede a la plataforma Nemesio, con el detalle de los kilos retirados y los certificados que respaldan su destino.