La contabilidad cooperativa en Chile exige un enfoque único: claridad tributaria, excedentes bien gestionados y propósito colectivo.
La contabilidad cooperativa en Chile va más allá de los números: refleja los principios de colaboración, equidad y democracia. El especialista Renato Estay analiza los aspectos tributarios esenciales para una gestión financiera coherente con este modelo.
La contabilidad en una cooperativa no es solo una herramienta administrativa. Es también una forma de reflejar el alma de un modelo económico basado en la colaboración y el beneficio mutuo. Así lo plantea Renato Estay, contador auditor, magíster en Derecho Tributario y socio de la consultora CCL, con amplia experiencia en asesorías contables a cooperativas desde Antofagasta hasta Puerto Montt. En esta entrevista entrega una mirada detallada y didáctica sobre los aspectos contables y fiscales que deben tener en cuenta las organizaciones cooperativas, especialmente aquellas en crecimiento.
Desde el inicio, Estay aclara una diferencia fundamental: mientras que las empresas tradicionales aplican normas internacionales de información financiera (IFRS), las cooperativas en Chile siguen usando principios contables generalmente aceptados anteriores a 2012, de acuerdo con una resolución del Departamento de Cooperativas (DECOOP). Esta base técnica tiene un trasfondo conceptual profundo. En palabras del entrevistado: “Las cooperativas deben reflejar en sus estados financieros el esfuerzo cooperativista. No son simples sociedades comerciales”.
Uno de los puntos clave que distingue a este modelo es que las cooperativas no generan utilidades, sino excedentes. Esta distinción no es solo semántica: tiene implicancias contables, tributarias y conceptuales. Los excedentes se calculan a partir de los ingresos menos los egresos, con ciertas particularidades normativas. Esos excedentes no se reparten de manera proporcional al capital aportado, como en una sociedad por acciones, sino que se distribuyen en función de la participación de cada cooperado en la operación.
“La cooperativa es una extensión del cooperado. Es su brazo productivo. Por eso, quien más aporta, más participa del excedente. Pero en lo democrático, todos valen lo mismo: un socio, un voto”, explica Estay.
En la práctica contable, esto exige llevar registros muy precisos y diferenciados de las operaciones con socios y no socios. Cada ingreso o egreso debe categorizarse con ese criterio, ya que el tratamiento tributario cambia radicalmente según el origen de la operación. Estay enfatiza que esta diferenciación es una de las principales causas de errores, especialmente en cooperativas pequeñas o en formación.
“La mayoría de los errores que vemos están en cómo se computan los excedentes y cómo se separan las operaciones con socios de las que no lo son. Es un tema técnico, pero también cultural”, señala.
Un segundo aspecto esencial es el manejo de la cuenta personal del cooperado. Esta representa su participación en el patrimonio colectivo y su inversión inicial, que se documenta a través de certificados de participación. Desde una perspectiva tributaria, esa inversión debe mantenerse valorizada al costo corregido por inflación, incluso si el valor patrimonial de la cooperativa ha crecido exponencialmente. Así, mientras contablemente se puede reflejar un aumento significativo en el patrimonio, ese crecimiento no necesariamente genera una renta tributable para el cooperado hasta que se materialice.
Las cooperativas pueden elegir entre dos regímenes tributarios: el general (14A) o uno especial propio. Esta elección debe estar alineada con su estructura y proyección. No obstante, Estay es enfático en advertir sobre un mal uso de esta figura legal: “El beneficio tributario es una consecuencia positiva, no el objetivo. Las cooperativas no se deben crear solo para pagar menos impuestos. Eso es una mala estrategia y puede generar problemas legales serios”.
Durante la conversación, el contador detalla otros errores frecuentes que ha observado en su experiencia con cooperativas de distintos tamaños. Uno de ellos se da al momento de valorizar las cuotas de participación para efectos de herencia. En muchas organizaciones, sobre todo las más antiguas, no se distingue correctamente entre la valorización financiera y la tributaria, lo que puede generar cargas impositivas desproporcionadas a los herederos.
“Hay cooperativas grandes que valorizan las cuotas como si fueran acciones en una empresa financiera. Eso no corresponde. Y cuando fallece un cooperado, su familia termina pagando más impuestos de lo que debería”, advierte.
Respecto a la fiscalización, las cooperativas están sujetas a los mismos organismos que cualquier empresa (Servicio de Impuestos Internos, Dirección del Trabajo), pero además deben reportar al DECOOP, que exige, entre otras cosas, informes anuales, auditorías externas en ciertos casos, y estados financieros auditados para cooperativas de ahorro y crédito. Esta doble fiscalización refuerza la importancia de mantener una contabilidad transparente, oportuna y bien gestionada.


